RELACIÓN PROVISIONAL DE ENFERMEROS/AS PARA LA INDICACIÓN, USO Y AUTORIZACIÓN DE DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS DE USO HUMANO
La indicación, uso y autorización para la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de enfermeras y enfermeros es una actividad que se considera eficaz y eficiente, al permitir optimizar los recursos y mejorar la calidad asistencial y la satisfacción de las personas usuarias de los servicios de salud.
Mediante la Orden nº 469/21, de 16 de abril, de la Consejería de Sanidad, la Comunidad de Madrid ha regulado el procedimiento de acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, en el ámbito de los cuidados generales y cuidados especializados en Enfermería Obstétrico-ginecológica, del Trabajo y de Salud Mental, así como en aquellas otras especialidades que se encuentren incluidas en las plantillas de los centros sanitarios en la categoría de enfermera/o especialista correspondiente.
El ámbito de aplicación del procedimiento de acreditación establecido en esta Orden se circunscribe a los profesionales de Enfermería que prestan sus servicios en los centros y organizaciones adscritos o vinculados al Servicio Madrileño de Salud, en centros y servicios vinculados al SUMMA 112 y a las Oficinas Regionales, así como de aquellos adscritos o vinculados a entidades con las que el Servicio Madrileño de Salud tiene suscritos convenios singulares para la gestión de la asistencia sanitaria.
- Plazo: diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación.
- Procedimiento: deberán ir dirigidas y presentadas ante las Direcciones Gerencias de los centros sanitarios donde los interesados estén prestando sus servicios.
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